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Fiscal, Contable y NóminaCompliance02 octubre, 2023

Batuz: qué es, detalles y calendario

El programa Batuz, iniciativa de la Hacienda Foral de Bizkaia para luchar contra el fraude fiscal, será obligatorio a partir del 1 de enero de 2024 para las empresas más grandes, mientras que el resto se incorporan paulatinamente a lo largo del 2024, 2025 y 2026.

¿Qué es Batuz y cómo se relaciona con Ticket BAI?

Batuz es la iniciativa de la Hacienda Foral de Bizkaiabasada en el uso de nuevas tecnologías para luchar contra el fraude fiscal. Su aplicación obligará a todas las personas que realicen actividades económicas en Bizkaia a facturar con un sistema adaptado a Ticket BAI, es decir, a un software de facturación que cumpla con una serie de requisitos de transparencia.

Batuz se sostiene sobre 3 grandes iniciativas: 

  1. Ticket BAI, el sistema de control de la facturación elaborado en colaboración con las haciendas forales de Álava, Guipúzcoa y el Departamento de Hacienda del Gobierno Vasco, a imagen de otros sistemas ya implantados en Europa y recomendados por la OCDE. Su implantación garantizará que todo ticket de compra se declare.
  2. Los modelos 140 para personas físicas y el modelo 240 para personas jurídicas, en los que se declaran  a Hacienda  los ingresos, gastos y facturas que permiten tener la información para la generación de borradores.
  3. Y la elaboración de borradores para autónomos y empresas por parte de Hacienda.

De acuerdo con los datos de inspecciones recientes a empresas con indicios de fraude, hasta un 20% de sus ventas no es declarado, algo que con la llegada de Batuz será mucho más controlable, junto con el control del software de doble uso, la doble contabilidad o la contabilidad B, el falseamiento de facturas, etc.

Consulta las preguntas más frecuentes sobre Ticket BAI

Calendario de aplicación del programa Batuz

Con los cambios más recientes anunciados por la Hacienda Foral de Bizkaia, el calendario actualizado para la implantación de Batuz por sector es el siguiente:

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Fecha   Sector obligado a la implantación
 1 enero 2024  Contribuyentes del Impuesto Sociedades que no sean microempresas, pequeñas o medianas empresas.
1 julio 2024  Personas Físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y Contribuyentes del Imp. Sociedades que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas y que desarrollen actividades empresariales industriales, de construcción y de transporte, fabriles; actividades empresariales y profesionales de seguros, de alquiler, financieras, jurídicas y resto de profesionales (excepto actividades culturales, educación).
 1 enero 2025  Personas Físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto Sociedades que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas de los sectores de hostelería, comercio, reparación de bienes muebles y peluquerías y demás servicios personales (titulares personas jurídicas y ERAR con PJ).
 1 julio 2025  Personas Físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y contribuyentes del Impuesto Sociedades que sean microempresas, pequeñas o medianas empresas de los sectores de hostelería, comercio, reparación de bienes muebles y peluquerías y demás servicios personales (titulares personas físicas y ERAR sin PJ).
 1 julio 2026  Entidades total y parcialmente exentas del Impuesto Sociedades. Entidades sin fines lucrativos. Contribuyentes dedicados a la educación, servicios culturales, agricultura, ganadería y pesca, y resto de contribuyentes.

A partir de estas fechas, se deberá cumplir con la emisión de facturas o justificantes mediante un software garante Ticket BAI por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que se realicen, y con la llevanza del Libro Registro de Operaciones Económicas (LROE) en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. El incumplimiento de estas obligaciones en este periodo implica la pérdida de la compensación en IRFP/IS o IRNR, dado que el régimen sancionador solo se aplicará en el periodo obligatorio.

Software Batuz: qué características debe cumplir

La Orden Foral 1482/2020 especifica la normativa y técnica del software para Batuz y su declaración de alta. Desde el pasado 14 de septiembre el listado está a disposición de todos los usuarios y debe cumplir con las especificaciones previamente establecidas por la Diputación Foral. Wolters Kluwer está incluido en la lista de software garante de la Diputación.

¿Qué requisitos deberá cumplir el software de Batuz? En primer lugar, los dispositivos que emitan facturas (ya se trate de móviles, ordenadores, TPVs, balanzas, tablets…) generarán de manera directa un registro electrónico por cada factura. Dicha factura dispondrá de un código QR e identificativo TBAI, con lo que se garantiza su autenticidad e identificación. Con esta identificación se elimina la posibilidad de cualquier manipulación de la factura,y permite que el usuario compruebe a su vez que la compra ha sido declarada.

En cuanto a las soluciones para cumplir con los requisitos de Batuz, existen opciones a medida:

  • Software para Micropymes y autónomos:
    El programa de facturación online facilita la gestión y el control de su negocio de forma fácil y sencilla. Podrás crear un entorno de trabajo colaborativo con tu asesor para compartir información en tiempo real.
  • Software para PYMES:
    El software a3ERP permite centralizar diferentes áreas de la empresa y facilita tanto gestión como control del negocio.  Permite tanto la facturación como la gestión contable y tributaria.  
  • Software para asesorías:
    Existen por un lado soluciones de gestión integral como el programa programa de facturacion para asesorías, que permite la gestión y facturación del Despacho. Por otro lado, hay también soluciones de software para asesorias fiscales y contables, que permite al Despacho Profesional automatizar todos estos procesos contables y fiscales.

¿Qué información se publica en el LROE?

EL LROE dispone de los siguientes capítulos, generando el Modelo 140 para personas físicas y el Modelo 240 para Personas jurídicas.  
Las soluciones de Wolters Kluwer generan de forma automática los siguientes capítulos:

Modelo 240 Persona jurídica


modelo 240 detalle

Modelo 140 persona física

modelo 140 detalle

¿Qué certificados se pueden utilizar?

Para la firma de los ficheros Ticket BAI los certificados a utilizar deben ser los siguientes:

  • Certificados cualificados de persona física.
  • Certificados cualificados de sello electrónico.
  • Certificados de dispositivo, que proporciona una identidad única a cada dispositivo en el que se instala, además de vincularse con el dispositivo que emite las facturas. Debe registrarse en la Sede Electrónica de la Hacienda Foral comunicando el nº de serie con este formulario.
  • Certificado de autónomo

Si el representante es un Asesor:

  • Las facturas podrán ser emitidas por el asesor usando un software garante distinto a “Haz tu factura”. En estos casos deberá tener alguno de los certificados admitidos por TicketBAI (certificados cualificados de persona física, de sello electrónico o de autónomo) para firmar los ficheros indicando “Factura emitida por terceros o destinatario”.
  • Utilizar un software autorizado como colaborador social para poder emitir la facturación sin necesidad de certificado. 
  • En el caso de remitir el LROE, el Asesor se autenticará con un certificado de firma electrónica que posibilite representar a terceros y constar ante Hacienda Foral de Bizkaia como representante de ese contribuyente.

Cuánto cuesta adaptarse a Batuz y deducciones y ayudas para la adaptación voluntaria

Para adaptarse a Batuz será necesario contar con:

  • Software adaptado a Ticket BAI: las empresas y autónomos que ya disponen de software de facturación deberán asegurarse de su adaptación a Ticket BAI o bien renovarlo. 
  • Una impresora de tickets que incluya impresión de QR: es posible que ya se disponga de ellos, por lo que no supondrá un gasto. A modo orientativo, se sitúan entre los 50 y los 150 €.
  • Un TPV: en caso de no contar con uno, supone un gasto adicional variable, según las funcionalidades que incluya.

La inversión para adaptarse se compensará con deducciones fiscales del 30% de los gastos en los impuestos de la Renta o Sociedades. La adaptación a Batuz también contempla que los gastos sean deducibles, con lo cual según la Administración el contribuyente recuperará entre 50 y 79% de coste de adaptación total. Por ejemplo: en el caso de un autónomo que tributa en IRPF al 23%, y gasta 200€ en su adaptación, se le deducirán 46€ en gastos deducibles en su irpf (ya nos los asumirá) y otros 60€ de deducción de la cuota, por lo que el coste real que tenga que asumir será de 94€.

Es importante destacar que el acceso a las deducciones será únicamente para aquellos contribuyentes que se adelanten a la obligatoriedad y se adapten a lo largo del periodo voluntario de adscripción. Para más información sobre las subvenciones y ayudas, visita nuestra página especial Ticket BAI

Cambios en el Modelo 140 y el nuevo Modelo 240

La llegada de Batuz impacta sobre el Modelo 140, conocido como Libro Registro de Operaciones Económicas para personas físicas que seguirá existiendo, pero con 2 cambios: 

  • No será necesario tenerlo en ordenador local, la información se encontrará en la Sede Electrónica de la Diputación Foral Bizkaia, por tanto, será accesible desde cualquier lugar. 
  • Pasará a presentarse cada 3 meses para que coincida con declaración impuesto valor añadido. 

El nuevo Modelo 240: El nuevo Modelo 240 de Bizkaia es el Libro Registro de Operaciones Económicas de personas jurídicas. Con la información proporcionada en este modelo, desde la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia se realizará el borrador de la declaración del IVA, así como del Impuesto de Sociedades, y se presentará de forma diaria, mensual o trimestral según el volumen de operaciones de la empresa. 

Batuz abre el camino al borrador para empresas y autónomos

Con la aplicación de Batuz la Administración busca simplificar trámites al contribuyente y equiparar el servicio que se presta al trabajador por cuenta ajena -que ya recibe propuesta de declaración de impuestos- al de autónomos y empresas, que todavía no tienen esta prestación.

De esta forma, y a partir de la información que conste en los modelos 140 y 240, Hacienda podrá elaborar el borrador de declaración de impuestos principales de las personas con actividades económicas: todos los trabajadores por cuenta propia recibirán propuesta de declaración de IVA e IRPF, y todas las empresas recibirán propuesta de IVA e Impuesto de Sociedades.

Sanciones a partir de 20.000€

Tal y como ha informado la Diputación Foral de Bizkaia, las sanciones por incumplimiento o manipulación del software serán estrictas:

  • Incumplimiento de adaptación del software a Ticket BAI: 20% de la cifra de negocio con un mínimo de 20.000€, que puede llegar al 30% de la cifra de negocio con un mínimo de 40.000€ por repetición de la infracción.
  • Destrucción, manipulación del software o borrado de datos: 20% de la cifra de negocio con un mínimo de 40.000 euros. La reincidencia supondrá una sanción del 30% y un mínimo de 80.000 euros.

Las sanciones se aplicarán de la misma forma a las empresas que utilicen como a las que desarrollen software dirigido a cometer fraude.

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